Teniendo en cuenta el Decreto 430/2025 publicado en el Boletín Oficial, desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informaron que "se derogó el artículo 2 de la Ley 26.876 que establecía el 27 de junio como día de descanso para los trabajadores de la Administración Pública Nacional". Por este motivo, afirmaron que dicho organismo prestará servicios con normalidad.
"Les pedimos que aquellas oficinas que hayan colocado el cartel informativo en la puerta lo retiren", advirtieron en un comunicado. Además, indicaron que "con el fin de no afectar el correcto desenvolvimiento de los trámites administrativos, por este año y por única vez, el 27 de junio no será considerado como día hábil administrativo a efectos del cómputo de los plazos legales".
